Normas
definidas para hacer uso de las salas de informática.
2.
¿Quien administra las
salas de informática?
3.
¿Mantenimiento de las salas de informática?
4.
¿Cómo acceder a las salas de informática?
5.
Normas de servicios y
acceso a INTERNET
6.
Sanciones
1.
QUE SON LAS
SALAS DE INFORMATICA
Las salas de informática están conformadas por todos aquellos
equipos de cómputo que el colegio
posee.
2.
QUIEN
ADMINISTRA LAS SALAS DE INFORMATICA
Articulo 1º
Las
salas de informática están administradas por el encargado del área de informática
del Colegio quien a su vez hace el control y mantenimiento de las salas.
Artículo 2º
Funciones:
A.
Regular
el acceso a las salas.
B.
Administrar
los recursos que forman parte de la sala y accesorios que ellos utilicen.
C.
Velar por el buen funcionamiento de los
equipos.
D.
Durante
la clase el docente Controlara el buen
uso de los equipos por parte de los Alumnos.
E.
El
docente debe garantizar un ambiente adecuado a las horas de prácticas,
detectando aquellos Alumnos que no utilicen los recursos en forma adecuada o
interfieran el trabajo de sus compañeros.
F.
Garantizar
el aseo y orden del laboratorio antes y después de una sesión de trabajo; para
ello debe coordinarse con el respectivo auxiliar asignado para el aseo de la
sala.
G.
Impedir
el acceso a las salas de los usuarios que se encuentren sancionados.
H.
Asesorar
dentro de sus medios y conocimientos a los usuarios que lo soliciten.
Artículo
3º
El
Administrador de la sala estará al tanto del orden dentro de las salas, la cual
estará supeditada por la Rectora del
colegio.
Sus
funciones además de las descritas anteriormente son:
A.
Brindar soporte
técnico a estudiantes sobre el uso de equipos y diferentes elementos dentro de
las salas informáticas.
B.
Informar
a la persona del aseo del Colegio para asear la sala, limpiando pisos,
pizarras, muebles, equipos, basureros, etc.
C.
Mantener
ordenado el laboratorio (sillas, mesas, etc.).
D.
Informar
a la Rectora del colegio las anomalías observadas en la sala.
E.
Controlar
el acceso de alumnos a las salas.
Artículo 4º
Cada
sala tendrá un horario de servicio fijo
durante todo el día. Los tiempos de cierre estarán destinados al aseo y orden
de sus instalaciones.
Artículo
5º
Cuando
se requiera de mantenimiento riguroso de
equipos, éste será solicitado al "Encargado del mantenimiento de
Equipos" y se avisará oportunamente, el cierre de la sala por dicha causa.
Se incluye mantenimiento por falla de equipos, limpieza, fuente de energía o
instalación en general.
Artículo 6º
Podrán
acceder a las salas los estudiantes,
profesores y coordinadores, siempre y cuando acrediten ser estudiantes o funcionarios del Colegio.
Artículo 7º
Las
salas serán utilizadas dentro del
horario establecido por el director, en el cual se consideran horas de clases y
horas de prácticas. En horarios de prácticas podrá acceder a las salas cualquier
usuario, excepto quien tenga prohibición por sanciones aplicadas o por no tener
su identificación.
Artículo 8º
Se
Prohíbe la instalación de software en los computadores de las salas, programas
que no sean los adquiridos por ella o que no sean de propiedad legal de quien
los instala. Asimismo, se prohíbe la eliminación o borrado de los programas
instalados en los computadores del Colegio, y la desconfiguración de estaciones
de trabajo; en este último caso, sin permiso previo del Administrador de las
salas.
Artículo 9º
Dentro
de las salas no se permite fumar, comer o tener un comportamiento que
perjudique al resto de los usuarios. Asimismo, no se pueden utilizar software o
hardware que no se cataloguen como de enseñanza o herramienta de trabajo. Queda
absolutamente prohibido el uso de juegos de cualquier tipo.
Artículo 10º
Se
utilizarán las salas para clases
apoyadas por computadores, que hayan sido planificadas inicialmente en él o
prácticas de usuarios. En consecuencia, las clases teóricas deberán realizarse
en los salones.
Artículo 11º
Cualquier desperfecto, daño o pérdida será de responsabilidad del usuario a cargo del equipo. Por esta razón, se debe chequear el equipo antes de utilizarlo y avisar al Administrador de existir alguna anomalía en él (el aviso debe ser antes de iniciar la sesión de trabajo).
Artículo 12º
Cada
usuario se hace responsable del equipo mientras le esté asignado dentro de su
tiempo.
5. NORMAS
SOBRE USO DE LOS SERVICOS Y ACCESO A INTERNET
El uso de la conexión a la Red de Internet
que El Colegio provee, deberá sujetarse a las siguientes normas:
A.
El
Colegio provee a sus profesores, alumnos y funcionarios (usuarios) de conexión
a la Red de Internet.
B.
Los
usuarios tendrán acceso a esta red, tanto de los computadores ubicados en El
Colegio, durante el horario disponible para práctica, como desde dependencias
del Colegio.
C.
En el
acceso a Internet desde los computadores del Colegio tendrán primera prioridad
los profesores y los alumnos que utilicen este medio, para materias
relacionadas directamente con asignaturas que imparten o estén cursando; en
segundo lugar, aquellos que lo utilicen para materias indirectamente
relacionadas con asignaturas que estén impartiendo o cursando; en tercer lugar,
aquellos que lo utilicen en cualesquiera otras materias que persigan la
ampliación de conocimientos e investigación en materia de ciencias, artes,
cultura general y humanidades.
D.
Los
administradores de las salas informáticas tendrán la facultad de hacer respetar
las preferencias en el uso de los computadores, según las prioridades
establecidas.
E.
Quedan
absolutamente prohibidas las acciones relacionadas con el acceso o intervención
a computadores o páginas Web del Colegio o de terceros, mediante la utilización
de los medios que el Colegio pone a disposición de los usuarios, sin la
autorización del propietario del computador o página Web ("hackeo"),
sea cual fuere el medio o mecanismo que se utilice.
F.
Se
prohíbe el uso del acceso a Internet para acceder a páginas electrónicas con
material pornográfico y para conversar "virtualmente" sobre materias
distintas a los temas señalados en la letra C anterior.
6. SANCIONES
Artículo 14º
Serán causales de sanción:
A.
Tener un
comportamiento inadecuado dentro de las salas, que interfiera con el
funcionamiento del resto de los usuarios.
B.
Usar en
forma indebida los recursos computacionales, maltratar los equipos, adulterar
parte o la totalidad de un equipo, accesorio o suministro.
C.
Dañar
el material disponible en los laboratorios, tanto hardware como software. Se
incluye en este punto, el uso de programas ilegales, rastreadores de claves,
software sin licencia o cualquier otro tipo de software hacker. Esto se
considera falta MUY GRAVE.
D.
El
uso de juegos en los laboratorios, o darle otro uso a los computadores que no
sea el de las prácticas académicas. Queda explícitamente prohibido el uso de
programas tipo IRC, CHAT, MIDI, etc.
E.
Utilizar
los equipos sin autorización del encargado de las salas o director.
F. Introducir alimentos o
bebidas en los laboratorios, niños, mascotas, también esta prohibido fumar.
G.
Insultar,
agredir o desobedecer al director, técnico encargado de la sala o alguna
autoridad de El Colegio.
Artículo
15º
Los Usuarios de las salas que incurran en las conductas
señaladas en el Artículo 13º, letra e) y en el Artículo 14º, en cualquiera de
sus letras, serán sancionados con la suspensión del acceso a las salas, en
horario de prácticas, por el lapso de una semana.
Artículo 16º
Los usuarios que incurran en las conductas señaladas en el Artículo 14º, letra d), serán sancionados con la suspensión de su cuenta de correo electrónico que le ofrece el Colegio, del uso de las salas en horario de práctica y el uso del "Servidor" del Colegio como nexo de conexión a la Red Internet, por un lapso de tiempo determinado por el profesor o coordinador del Colegio.
En caso de reiteración de dichas conductas, una vez impuesta
una primera sanción, al responsable le será cancelado el acceso a las salas
en horarios de prácticas, de acuerdo a lo determinado por el profesor o
coordinador del Colegio.
Las
sanciones anteriores se impondrán sin perjuicio de la aplicación de las
sanciones que correspondan por aplicación del "Reglamento del
Alumno", cuando la situación lo determine.
En
caso de que la intervención en un computador o página Web ajeno al colegio haya
causado daño en dichos elementos, el causante será responsable de la
indemnización que la víctima cobre al Colegio y además, podrá ser sancionado
hasta con la expulsión del Colegio.